Reforma Laboral – Ley Bases

Reforma Laboral, con cambios clave en Monotributo y fondos por despido

26 de Septiembre 2024 – 8:30 hs

En las próximas horas se publicará la reglamentación del capítulo laboral, que pondrá en vigencia una serie de modificaciones, entre las que se destacan el Fondo de Cese Laboral para el pago de indemnizaciones y la ampliación del período de prueba.

El Poder Ejecutivo nacional implementará una serie de modificaciones aprobadas en la Ley Bases, que incluyen el Fondo de Cese Laboral, la extensión del período de prueba de 3 a 6 meses, un monotributo previsional para empresas de hasta 12 empleados y la limitación del derecho a huelga en caso de bloqueo a plantas.

 

El artículo 93 de la reforma permite que, a través de convenios colectivos de trabajo, las indemnizaciones por despido sean reemplazadas por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. De esta manera, los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.

 

Además, se extenderá el período de prueba de 3 a 6 meses para los trabajadores que inicien un nuevo puesto. Este período podrá ampliarse hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño (hasta 5 trabajadores). Durante este tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

 

También se introducirán modificaciones en las relaciones laborales, permitiendo que se enmarquen en formas distintas a la relación de dependencia convencional, como la contratación de empleados bajo la modalidad de colaboradores o contratos de locación. La ley excluye expresamente los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), regulándolos por el Código Civil y Comercial.

 

Entre los cambios, se incorporará como motivo de despido la participación en acciones en el marco de un conflicto colectivo en la empresa, como bloqueos o tomas de establecimientos, obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.

 

La reglamentación incluirá el blanqueo de relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas iniciadas antes de la promulgación de la ley. El Poder Ejecutivo determinará los efectos de dicha regularización y los porcentajes de condonación, entre otros aspectos relevantes. Posteriormente, la AFIP establecerá el mecanismo preciso para llevar a cabo esta reglamentación.

 

Noticia en Desarrolo.-

Publicaciones Relacionadas

También puede interesarle

Conozca más a cerca de nuestros servicios, información de actualidad y los casos de éxito que nos respaldan suscribiéndose a nuestro newsletter.

Contacto

Cuéntenos sobre su caso para asesorarlo

Nuestro personal administrativo se contactará a la brevedad para coordinar una cita presencial/online.
(las publicaciones resguardan el derecho a la privacidad)