DNU 70/30 – Reforma Laboral 

SE SUSPENDEN LOS EFECTOS DEL DNU DEL PRESIDENTE MILEI EN MATERIA LABORAL

La Cámara Nacional del Trabajo aceptó el pedido de la CGT y suspendió los efectos del título IV del decreto de desregulación de la economía hasta que haya una sentencia definitiva sobre la cuestión

La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, mediante resolución del día de la fecha 3/1/2023  admitió la medida cautelar planteada por CGT, disponiendo la suspensión de todas las modificaciones y supresiones introducidas en materia laboral por el DNU 70/23 dictado por el presidente Milei el 20/12/2023.

Eso significa que, hasta tanto se resuelva en definitiva dicha causa, quedan sin efectos los cambios que dicho DNU pretendió introducir en materia de derecho individual y colectivo del trabajo.

En consecuencia, todo lo referente al periodo de prueba, infracciones por irregularidad registral, vigencia del estatuto del viajante, cálculo de la indemnización por despido, vigencia de los convenios colectivos de trabajo, etc. se mantienen en las condiciones de operatividad anteriores al dictado del DNU.

En este contexto la Sala entendió que ante la entidad de las modificaciones dispuestas por el DNU y su inmediata incidencia no solo en las relaciones individuales de trabajo sino particularmente en la regulación de la actividad sindical y su financiamiento y en razón de que no se desprendía de los argumentos del Estado Nacional la real urgencia manifestada corresponde revocar el decisorio recurrido y dictar una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados.

Compartimos Reportaje a la Abogada Laboralista Cristina  Azocar realizado por Radio Universidad de la ciudad de Río Cuarto – 3 de Diciembre de 2023 👇

microphone icon png

 La Dra Cristina Azocar en la entrevista manifestó:

” Hay que ser prudentes estamos al inicio del camino. Hay muchos derechos en juego y una reforma que en algunos aspectos, quizás no como esta planteada en su totalidad, es necesaria”.

También afirmó:

” Esta es una primera medida, precautoria, hay que esperar, por un lado, la continuación del proceso, y por el otro la voz del Congreso, mientras tanto esta resolución brinda un manto de tranquilidad en el ámbito laboral ante tanta incertidumbre planteada por los trabajadores “.

Leer Fallo Completo 👇👇

doc1410410968-1

Conozca más a cerca de nuestros servicios, información de actualidad y los casos de éxito que nos respaldan suscribiéndose a nuestro newsletter.

Contacto

Cuéntenos sobre su caso para asesorarlo

Nuestro personal administrativo se contactará a la brevedad para coordinar una cita presencial/online.
(las publicaciones resguardan el derecho a la privacidad)